Fiscalidad
Deducciones fiscales
Las deducciones fiscales a aplicar por las colaboraciones económicas con Alboan varían en función del lugar de residencia y del tipo de persona (física o jurídica).
Personas Físicas (IRPF)*
45% deducción en cuota íntegra
Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*
45% deducción en cuota líquida
Normativa
Norma foral 35/2021 Art.31
DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA 2022 (por reciprocidad con Diputación Foral de Gipuzkoa)
Personas Físicas (IRPF)*
45% deducción en cuota íntegra
Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*
45% deducción en cuota líquida
Normativa
Norma foral 4/2019 Art.42 Actividad prioritaria
DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA para el ejercicio 2022
Personas Físicas (IRPF)*
30% deducción en cuota íntegra
Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*
Gasto deducible para Base Imponible
18% deducción en cuota líquida
Normativa
Norma foral 3/2004 Art.29
DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA para el ejercicio 2022
Personas Físicas (IRPF)*
Los primeros 150 euros de donativo se deducirán al 80%. La cantidad que exceda de los 150€ se deducirá al 35%.
A partir del 3er año de donaciones consecutivas, los primeros 150 euros de donativo se deducirán al 80% y la cantidad que exceda de los 150€ se deducirá al 40%, siempre y cuando la donación sea igual o superior a las donaciones hechas los dos años anteriores.
Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*
35% de deducción en la cuota íntegra// 40% de deducción en la cuota íntegra, siempre y cuando la donación sea igual o superior a las donaciones hechas los dos años anteriores.
Normativa
Ley 49/2002
Art. 19 IRPF (modificación que se aplica desde el 1 de enero de 2020 nota de la agencia tributaria)
Art. 20 I. Sociedades
* Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativa.