Fiscalidad

Deducciones fiscales

Las deducciones fiscales a aplicar por las colaboraciones económicas con Alboan varían en función del lugar de residencia y del tipo de persona (física o jurídica).

Personas Físicas (IRPF)*

45% deducción en cuota íntegra

Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*

45% deducción en cuota líquida

Normativa

Norma foral 35/2021 Art.31

DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA 2022 (por reciprocidad con Diputación Foral de Gipuzkoa)

Personas Físicas (IRPF)*

45% deducción en cuota íntegra

Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*

45% deducción en cuota líquida

Normativa

Norma foral 4/2019 Art.42 Actividad prioritaria

DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA para el ejercicio 2022

Personas Físicas (IRPF)*

30% deducción en cuota íntegra

Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*

Gasto deducible para Base Imponible

18% deducción en cuota líquida

Normativa

Norma foral 3/2004 Art.29

DECLARADA ACTIVIDAD PRIORITARIA para el ejercicio 2022

Personas Físicas (IRPF)*

Los primeros 150 euros de donativo se deducirán al 80%. La cantidad que exceda de los 150€ se deducirá al 35%.

A partir del 3er año de donaciones consecutivas, los primeros 150 euros de donativo se deducirán al 80% y la cantidad que exceda de los 150€ se deducirá al 40%, siempre y cuando la donación sea igual o superior a las donaciones hechas los dos años anteriores.

Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades)*

35% de deducción en la cuota íntegra// 40% de deducción en la cuota íntegra, siempre y cuando la donación sea igual o superior a las donaciones hechas los dos años anteriores.

Normativa

Ley 49/2002

Art. 19 IRPF (modificación que se aplica desde el 1 de enero de 2020 nota de la agencia tributaria)

Art. 20 I. Sociedades


* Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativa.

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